Berenguer & Pomares obtiene una significativa victoria en la Justicia Europea para los intereses de la DOP “Torta del Casar”

El Tribunal General de la UE dictó ayer una Sentencia por la que se estima la demanda presentada por Berenguer & Pomares, anulando la resolución de la Sala de Recurso de la EUIPO por la que se concedía el registro de la marca “Queso y Torta de la Serena” al Consejo Regulador de la DOP “Queso de la Serena”. El tribunal con sede en Luxemburgo ha declarado que la Oficina europea encargada del registro de marcas debe analizar si el vocablo “Torta”, como parte integrante de la DOP “Torta del Casar” constituye un término tradicional que merece protección, análisis que había obviado en su resolución.

Asimismo, y como consecuencia de lo anterior, el Tribunal General de la UE aclara que puede existir evocación de la DOP “Torta del Casar” (y por tanto, infracción de la misma) al reproducirse el término “Torta” para queso no amparado por la DOP “Torta del Casar”, y declara que la Sala de Recurso de la UE, al excluir esta posibilidad, infringió en su resolución la legislación europea en materia de denominaciones de origen. Así pues, queda claro que, aunque no se utilice el término geográfico (en este caso “del Casar”), puede existir una infracción de una DOP al emplearse un término tradicional que forma parte de la misma, como puede suceder, en este caso, con el uso del término “Torta”.

Esta sentencia, que supone espaldarazo de envergadura a la labor de protección y promoción del Consejo Regulador de la DOP “Torta del Casar”, ha merecido una amplia e inmediata cobertura en medios de comunicación. A continuación facilitamos los enlaces algunas de las noticias publicadas al respecto por los principales diarios nacionales: